Otro embate de los dueños de los medios de comunicación. Es la última de las cartas que de momento les quedan después de que las reformas de 2007 en materia electoral, les quitara nada más ni nada menos que el 80% del total de financiamiento que los mexicanos les damos de prerrogativas a los partidos políticos, año tras año; mas la cantidad adicional de campañas cada tres años y el financiamiento anual y también de campañas locales en cada uno de los 32 Estados de la República. Unos cuantos miles de millones de pesos pues, que iban directo a las bolsas de tan solo 22 familias del país; 4 familias dueñas de la televisión y 18 de la radio. Ahí es a donde se dirigían nuestros impuestos a través de la compra de espacios para campañas políticas y de promoción de imagen de candidatos y partidos.
Uno de los pendientes que tiene por resolver la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es precisamente el llamado “amparo de los intelectuales”. Si, un grupo selecto de la sociedad compuesto por lideres de opinión y comunicadores que a raíz de las reformas que centralizan la contratación de medios electrónicos en el IFE, a través del uso exclusivo de los tiempos que le corresponden al Estado, han interpuesto el Juicio de Amparo con el supuesto de que se les restringen las garantías de libertad de expresión, de reunión y asociación entre algunas otras más. Sin embargo, todos los “firmantes” del amparo que tienen espacios de opinión en diversos medios, porque no todos los tienen, lo siguen teniendo igual que antes de la reforma y pueden decir y señalar lo que se les antoje como siempre y sin restricciones. De ahí que la pregunta obligada sea: ¿en que se les ha restringido su libertad de expresión? Yo los sigo leyendo y escuchando a diario.
Para comenzar hay que aclarar que una cosa es la libertad de expresión, de escribir y publicar o de difundir las ideas por cualquier medio; y otra muy diferente contratar propaganda a favor de partidos y candidatos. Porque lo que se regula con la reforma electoral del 2007 es la contratación de espacios en radio y televisión, es decir, a raíz de la reforma se prohíbe a particulares, candidatos y partidos contratar espacios en estos medios, puesto que quedaban al arbitrio del poder económico que cada uno tuviera, con lo que era obvio el desequilibrio en la contienda electoral entre candidatos y partidos ricos o con amigos económicamente poderosos que contrataban para ellos, y los otros, que solo alcanzaban para un par de spots. A esto habría que sumar que los medios de comunicación electrónicos e impresos, siempre han manejado una “tarifa especial” denominada “tarifa política”, mucho más alta que la normal o comercial, nomás al doble o triple del precio para darnos una idea, que al fin y al cabo salía de la bolsa de todos los mexicanos y no de quienes contrataban.
Puedo afirmar que los “intelectuales” no tienen de que preocuparse, primero porque desde la reforma citada ninguno ha perdido un solo minuto de su espacio en los medios que se presentan, ni ha dejado de escribir una sola coma fuera de su voluntad y por tanto, no han dejado de ganar un solo peso menos de los que ganaban; y segundo, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya sentó jurisprudencia sobre el particular y distingue muy clara y acertadamente, que las garantías consagradas en los artículos 6o., 7o., 9o. y 31, que se traducen en libertad de expresión, escribir y publicar escritos, derecho de asociación, de votar y ser votado para ocupar un cargo de elección popular, así como de asociarse para tomar parte en asuntos políticos del país; deben estar ligados con los principios de equidad y certeza de los artículo 41 y 116 de la constitución Federal, con el objeto de garantizar condiciones de equidad que propicien la participación de los partidos políticos en igualdad de condiciones Así, cuando los referidos preceptos legales imponen un límite, tienen como fin controlar, entre otras cosas, el origen, el monto y el destino de los recursos económicos que se utilicen, con el objeto de que, en igualdad de circunstancias, todos los aspirantes a cargos públicos de elección popular y los partidos políticos cuenten con las mismas oportunidades para la promoción de candidatos. ¿Así, o mas claro?
Podría pensarse que con la reforma de medios ya no hay compra de espacios, pero en una especie de revancha o venganza, los medios han puesto tarifas arbitrarias en los espacios que curiosamente cobijan como espacios de libertad de expresión, como son precisamente las áreas de opinión, las notas informativas y los noticieros en los que venden entrevistas, notas y comentarios a favor de partidos y candidatos que se los compran a los desmedidos precios que suelen pedir. Podríamos pensar que estábamos mejor cuando estábamos peor, pero no es así, es preferible seguir la reforma hacia adelante y hacer los ajustes en el Código Penal para tipificar delitos electorales de ésta naturaleza, así como flexibilizar las causales para anular la registrabilidad de candidatos y las de nulidad de elecciones por la compra de espacios prohibidos. En pocas palabras aplicar directamente “la expulsación” a quien incumpla las reglas, porque los tribunales e institutos electorales parecen verdaderos árbitros de fútbol: ciegos, sordos y mudos.
*Analista político, especialista en Derecho Constitucional.
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