El Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas (TSJEZ), decidió ampliar la suspensión de labores hasta el 31 de mayo, dea cuerdo a lo informado por el magistrado presidente, Arturo Nahle García.
La decisión obedece al fenómemo sanitario ocasionado por el Covid-19, y la ampliación entra en vigor a partir del 6 de mayo.
Ahora, se establece un nuevo esquema de trabajo para los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial del Estado basado en lo siguiente:
Se amplía el catálogo de asuntos considerados como “urgentes” en Penal y Familiar (por ejemplo divorcios voluntarios y Jurisdicciones Voluntarias en las que no hay Litis, o sea que no hay controversia).
Los Juzgados en materia Civil y Mercantil podrán recibir demandas nuevas y resolver los asuntos que quedaron justamente en estado de resolución.
Los Magistrados de las Salas Civiles y Penales podrán sesionar y publicar sus resoluciones.
Las Salas del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Penales, Civiles y Familiar, continuarán con el estudio de recursos y elaboración de proyectos mediante comunicación electrónica de las y los Magistrados con sus secretarios de estudio y cuenta.
Los centros de Justicia Alternativa de los distritos judiciales de Zacatecas, Fresnillo y Jerez, podrá atender asuntos cuando así lo soliciten ambas partes.
El Centro de Convivencia Familiar Supervisada (CECOFAM) de los distritos judiciales de Zacatecas, Fresnillo y Jerez, atenderá por teléfono casos de crisis.
La Escuela Judicial continuará la impartición de la Maestría en Derecho Civil y otros cursos pero por videoconferencia.
Todo será a través de guardias con no más de tres servidores públicos por Juzgado y observando las disposiciones de sana distancia y filtros sanitarios.
Seguirá la suspensión de los plazos y términos procesales, salvo los Constitucionales.
Los Actuarios y Notificadores seguirán sin hacer notificaciones personales en domicilios.
La Oficialía Mayor del TSJEZ y áreas bajo su mando, contarán con el personal de guardia necesario para el desarrollo de las actividades de su competencia y ejecutará las medidas de control sanitario dispuestas en el presente Acuerdo General.
Quedan exceptuados de hacer guardias mayores de 60 años, enfermos, embarazadas o mujeres con hijos que no tienen con quien dejarlos.