CALENDARIO DE DESCANSO OBLIGATORIO PARA SERVIDORES PÚBLICOS DEL GOBIERNO DE ZACATECAS EN 2024

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En cumplimiento a lo establecido en los artículos 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, 26 fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, así como el artículo 49 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, se comunica el Calendario Oficial con los días considerados como descanso obligatorio para el año 2024, aplicables a todos los servidores públicos del Gobierno del Estado de Zacatecas. Este calendario busca regular los periodos de descanso y contribuir a la planificación y organización de las actividades gubernamentales durante el año en curso.

Se invita a todos los servidores públicos a estar atentos a las fechas establecidas y a coordinar sus responsabilidades laborales de acuerdo con este calendario oficial. Este documento refleja el compromiso de la administración para garantizar condiciones laborales adecuadas y promover la eficiencia en la prestación de servicios

Estos son los días de descanso en este año:

• 1 de enero.
• 5 de febrero; de conformidad con la fracción II del articulo 74 de la Ley Federal del
Trabajo.
• 2 de marzo para el personal sindicalizado del SUTSEMOP, por el aniversario de su fundación.
• 18 de marzo en conmemoración del 21 de marzo; de conformidad con la fracción III del
articulo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
• 28 y 29 de marzo, jueves y viernes de la Semana Santa.
• 1 de mayo, Día del Trabajo.
Las vacaciones del primer semestre del año se otorgaran de 2 de Julio del 2024 al 02
de agosto del 2024 para todos los servidores públicos.
• 8 y 16 de septiembre.
• El 1 de octubre por ser año que corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo
Federal.
• 27 de octubre Dia del Servidor Público.
• 02 de noviembre.
• 18 de noviembre de conformidad con la fracción VI del artículo 74 de la Lay Federal del
Trabajo.
Las vacaciones del segundo semestre del año se otorgarán del 19 de diciembre del 2024
al 03 de enero del 2025.

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