CAMBIA GEOGRAFÍA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES EN EL 2016

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ieez convocatoriaEl Proceso Electoral Ordinario 2015 – 2016, para la renovación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, así como los 58 Ayuntamientos de Zacatecas, contará con una nueva distritación electoral, confirmó el Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, maestro Virgilio Rivera Delgadillo.

Destacó el Consejero Presidente que la integración de los 18 Distritos Electorales se puede consultar en la página web del Instituto Electoral en www.ieez.org.mx, en donde contempla los municipios y secciones electorales que conforman cada uno de los distritos electorales.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al confirmar la Acuerdo INE/CG404/2015, emitido 24 de junio de 2015, por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante el que se aprueba la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales locales en que se divide el Estado de Zacatecas y sus respectivas cabeceras distritales, establece que la redistritación lleva en sí la modificación de la geografía electoral que se utilizará en el respectivo proceso electoral.

Por lo tanto, de ahí que resulte necesario que, previamente al inicio del mismo, todos los participantes, ciudadanos, partidos y autoridades, conozcan cada uno de los procedimientos que se llevan a cabo, pues de esa forma es posible dotar de certeza al conjunto de tareas encaminadas a determinar la nueva conformación geográfica en materia electoral, pues esa determinación tiene, de forma preponderante, cuatro propósitos:

El valor idéntico de cada voto, es decir, lograr el objetivo de un ciudadano un voto. Este propósito consiste en vincular una parte de la población ciudadana asentada en una porción del territorio con un cierto número de representantes a elegir, de tal forma que cada cargo represente, en la medida de lo posible, la misma cantidad de habitantes. De esta manera se busca que cada voto emitido tenga el mismo valor, lo que constituye una forma de hacer posible el principio democrático de la igualdad del voto.

El segundo objetivo es evitar que la distribución tenga sesgos partidistas, por lo que en la delimitación de los distritos electorales no debe prevalecer indicio alguno que presuma beneficios para algún partido político.

Un tercer propósito es facilitar a los ciudadanos la emisión del sufragio de tal forma que les sea asequible el traslado al lugar en el que habrán de sufragar y la autoridad no encuentre dificultades para recibir los expedientes de casilla y realizar los cómputos respectivos.

Un cuarto objetivo es la homogeneidad de la población que busca preservar, en la medida de lo posible, la división geográfica preestablecida de barrios, colonias, delegaciones, municipios y la integridad de comunidades rurales e indígenas.

 

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