CONFIRMAN RESERVA DE CRÉDITOS FISCALES HASTA QUE CONCLUYA EL PROCESO DELIBERATIVO

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El Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI), resolvió siete recursos de revisión interpuestos por ciudadanos ante el Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI), en contra de los ayuntamientos de Morelos, Sombrerete, Zacatecas, y la Secretaría de Finanzas.

En sesión ordinaria del Pleno, el comisionado Presidente José Antonio De la Torre Dueñas y los comisionados Julieta Del Río Venegas y Samuel Montoya, revisaron el caso de Sombrerete, a cargo de la Julieta Del Río Venegas, quien explicó que derivó de la falta de respuesta a una solicitud de información sobre salarios de los empleados del Ayuntamiento.

Durante el proceso de la inconformidad el sujeto obligado tampoco respondió al IZAI cuando se le pidió que explicara y justificara el hecho, ya que conforme a la ley se le otorgó el plazo para responder a la solicitud.

El Pleno estuvo de acuerdo con la propuesta de la Comisionada Del Río Venegas para que el Ayuntamiento de Sombrerete  proporcione la información solicitada en menos de tres días o de lo contrario se hará acreedor a una medida de apremio.

Bajo las ponencias del comisionado presidente y los comisionados Del Río Venegas y Montoya Álvarez, se expusieron cuatro recursos de revisión interpuestos en contra del Ayuntamiento de Morelos.

Del Río Venegas explicó que una de las solicitudes que el Ayuntamiento no respondió fue sobre escrituras, planos, contratos e indicadores de la construcción de un salón de usos múltiples. Montoya Álvarez expuso que dos más fueron en torno a un vehículo de bomberos que recibiría en donación y al cambio de lámparas en la cabecera municipal. En su ponencia, De la Torre Dueñas explicó que la cuarta solicitud fue respecto a la construcción en proceso en el arroyo de Morelos.

Tras analizar cada uno de los casos por separado, el Pleno declaró fundados los motivos de inconformidad en cada uno de los recursos. En sus ponencias, Del Río Venegas y De la Torre Dueñas explicaron que Morelos hizo llegar la información al IZAI, quien dará vista de la misma a los solicitantes.

Bajo propuesta de Montoya Álvarez, el Pleno instruyó para que Morelos entregue la información referente a la donación del vehículo en un plazo no mayor a 3 días, mientras que tendrá 5 días para responder acerca del cambio de luminarias.

 

Posteriormente bajo la ponencia de Julieta Del Río Venegas, se analizó el recurso de revisión en contra de la Secretaría de Finanzas. La Comisionada detalló que el sujeto clasificó la información solicitada acerca de créditos fiscales otorgados a servidores públicos al tratarse de información reservada, ante lo cual el recurrente se inconformó.

Informó que, tanto en su respuesta al ciudadano como en el proceso de la inconformidad, el sujeto obligado remitió al organismo garante la prueba de daño, razón por la cual la información se reserva al encontrarse en un proceso deliberativo. Por ello, el Pleno determinó confirmar la respuesta del sujeto obligado y recordó que una vez transcurrido el proceso en el que se encuentran los créditos, la información será de carácter público y podrá ser consultada.

La Comisionada destacó que el IZAI ha dado resolución a las inconformidades interpuestas en un menor tiempo “El artículo 174 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública otorga 40 días para resolver los recursos de revisión, sin embargo se están resolviendo en 27 días, por lo que reconozco el trabajo de la Dirección Jurídica” afirmó.

Finalmente, José Antonio De la Torre Dueñas fue ponente del recurso de inconformidad interpuesto en contra del Ayuntamiento de Zacatecas, en el cual la solicitud fue acerca del expediente de la obra del proyecto de restauración denominado “Avenida Insurgentes” desarrollado desde 2015 a la fecha, así como las observaciones emitidas por diferentes dependencias respecto al proyecto.

El solicitante se inconformó porque el Ayuntamiento de Zacatecas omitió las observaciones de otras instancias. Sin embargo durante el proceso de la inconformidad el sujeto obligado declaró que no existen, por lo cual no las incluyó en respuesta.

“La declaratoria de información inexistente no es válida, ya que se requiere el aval del Comité de Transparencia, conforme lo marca la Ley, quien debe ratificar que previamente se llevó a cabo un proceso de búsqueda exhaustiva en todos los departamentos que pudieran contar con el documento”, afirmó.

Debido a lo anterior, el Pleno determinó modificar la respuesta del sujeto obligado e instruyó para que en 3 días responda la solicitud y haga llegar la resolución del Comité de Transparencia respecto a la inexistencia de la información requerida.

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