Los días de asueto, establecidos por la Ley Federal del Trabajo en su artículo 74, como de descanso obligatorio son:
Febrero
Lunes 1 de febrero. Puente en conmemoración del 5 de febrero por el Día de la Constitución.
Marzo
Lunes 21 de marzo. Puente en conmemoración del natalicio de Benito Juárez.
Septiembre
Viernes 16 de septiembre. Puente en conmemoración del Día de la Independencia.
Noviembre
Lunes 21 de noviembre. Puente en conmemoración del 20 de noviembre, inicio de la Revolución mexicana.
No oficiales
Existen otras fechas que no están establecidas por la ley como descansos, pero que tradicionalmente se dan de asueto en trabajos y escuelas, estos son:
Jueves 24 y viernes 25 de marzo, suspensión de labores por Semana Santa.
Jueves 5 de mayo, en conmemoración de la Batalla de Puebla.
Miércoles 2 de noviembre, por el Día de Muertos.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) dieron a conocer desde diciembre sus calendarios laborales para 2016 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en los que estipulan que darán estas tres fechas como descanso.
Los descansos en las escuelas
El calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para el primer semestre de este año agrega a las anteriores fechas de asueto:
Marzo
Vacaciones de Semana Santa 2015: Del martes 22 de marzo al lunes 4 de abril.
Julio
El fin de cursos para las escuelas será el 15 de julio, cuando comenzarán las vacaciones de verano.