CONSTITUIDAS E INSTALADAS LAS JUNTAS LOCAL Y DISTRITALES EJECUTIVAS DEL INE EN ZACATECAS

Share on FacebookTweet about this on TwitterShare on Google+Pin on PinterestShare on TumblrShare on LinkedInEmail this to someone

SONY DSCLa reforma constitucional en materia política-electoral aprobada por el Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, y por la mayoría de las legislaturas de los estados, rediseña sustancialmente el sistema electoral mexicano. Se crea un Sistema Nacional de Elecciones.

 

Su objetivo es homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales y, así, garantizar niveles de calidad suficientes en la organización de las elecciones, que permitan la consolidación de la democracia, trascendiendo de lo electoral a un ejercicio del poder público en un marco efectivo del Estado de Derecho, con visión y responsabilidad social. Se modifican tanto las reglas de acceso al poder público, como la forma del ejercicio del mismo.

 

Olga Alicia Castro Ramírez, vocal Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró constituidas y oficialmente instaladas las Juntas Local y Distritales Ejecutivas del Instituto Nacional Electoral en el estado de Zacatecas en su carácter de órganos desconcentrados del citado Instituto; iniciando formalmente sus actividades.

 

Castro Ramírez informó que algunos de los aspectos más sobresalientes de la reforma, son La transformación del Instituto Federal Electoral (IFE) en una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE) donde el Consejo General del INE se compone de 11 ciudadanos elegidos por la Cámara de Diputados.

 

Uno de ellos funge como Consejero Presidente y los 10 restantes como Consejeros Electorales; Se crea un Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) para asegurar la imparcialidad y profesionalismo de todos los funcionarios que participan en la organización de elecciones, tanto a nivel federal como local.

 

El Consejo General del INE designará y, en su caso, removerá, a los consejeros de los organismos electorales locales; Se establece como responsabilidad del Instituto Nacional Electoral, respecto de los procesos electorales locales.

 

Entre otras, la actualización y depuración del padrón electoral, la determinación de la geografía electoral, la capacitación electoral, la ubicación de casillas y la integración de las mesas directivas; la emisión de reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares.

 

Además, encuestas o sondeos de opinión, de observación electoral, conteos rápidos, impresión de documentos y producción de materiales electorales y la fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos.

 

A petición de los partidos políticos el Instituto Nacional Electoral podrá organizar la elección de sus dirigentes; Se amplía la regulación Constitucional de las Candidaturas Independientes y el INE garantizará su acceso a tiempos del Estado en radio y televisión, para que puedan difundir sus mensajes de campañas; Se fortalecerán las condiciones de equidad durante las elecciones, con la regulación de tres nuevas causales de nulidad de la elección: por rebasar los topes a los gastos de campaña, por la obtención ilegal de cobertura en radio y televisión y por el ingreso de recursos de manera ilegal a las campañas político-electorales.

 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación será la instancia encargada de resolver procedimientos sancionadores, derivados de quejas o denuncias que se presenten ante el Instituto Nacional Electoral, en su caso, de procedimientos iniciados de oficio por dicho órgano electoral.

 

Se establecen obligaciones para vigilar de modo más efectivo el uso de recursos que hacen los partidos durante las campañas, lo que fortalecerá la transparencia y la equidad en las contiendas.

 

El INE se encargará de fiscalizar los recursos de los partidos políticos no sólo a nivel federal, sino también a nivel local.

 

Brenda Castrejón Hernández, Vocal del Registro Federal de Electores de la Junta Local del INE en el estado, expuso las atribuciones, estructura, facultades, nuevas tareas y principios rectores del Instituto Nacional Electoral en el que destacó un nuevo principio que es la Máxima Publicidad, sin dejar de lado la Certeza, Legalidad, Independencia, Imparcialidad y Objetividad. Habló también de los procedimientos sancionadores, nulidad de elecciones y delitos electorales.

 

Finalmente, Brenda Castrejon dijo que se declaraban a la espera de la publicación de las leyes anunciadas por los Artículo Transitorios del decreto del 10 de febrero de 2014, para conocer con precisión el rumbo que tomará el sistema electoral.

 

Juan Manuel Frausto Ruedas, Vocal Ejecutivo de la 04 Junta Distrital Ejecutiva del INE en el estado, en su intervención informó que el Servicio Profesional Electoral Nacional comprende la selección, ingreso, capacitación, profesionalización, promoción, evaluación, rotación, permanencia y disciplina, de los servidores públicos de  los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales de las entidades federativas en materia electoral.

 

El INE regulará la organización y funcionamiento de este Servicio. Asimismo destacó que una vez integrado y a partir de que entren en vigor las normas previstas, el Instituto Nacional Electoral deberá expedir los lineamientos para garantizar la incorporación de todos los servidores públicos del Instituto Federal Electoral y de los organismos locales en materia electoral, al Servicio Profesional Electoral Nacional, así como las demás normas para su integración total”.

 

Frausto Ruedas dijo que una decisión correcta es que el INE regule la organización y funcionamiento del  SPEN, expidiendo los lineamientos respectivos. Esta atribución, es un  reconocimiento al Servicio Profesional Electoral del IFE, digno de ser exportado y aplicado al ámbito local.

Dijo que se tiene el registro de que hay 24 entidades en donde existe la previsión legal de que los respectivos órganos electorales cuenten con un servicio de carrera, aunque sólo en contadas entidades funciona efectivamente.

 

El INE deberá evaluar y reconocer elementos rescatables de los mismos.  “En la actualidad, el Servicio Profesional Electoral del INE, contempla sólo alrededor de 2,300 funcionarios de los más  de 14 mil servidores públicos que lo integramos”, el reto será determinar el universo o cobertura del SPEN en el INE y en los órganos electorales locales.

 

La ley general que regule los procedimientos electorales, deberá puntualizar muchas de las atribuciones del INE, en particular las relativas al SPEN. Esperemos que algunos de los retos, precisiones y recomendaciones,  sean consideradas por los legisladores federales, finalizó.

Deja un comentario