CREAN REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS

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La Legislatura del Estado aprobó reformas al Código Familiar del estado para actualizar la norma y eliminar aspectos discriminatorios u obsoletos, con los cambios se crea un Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

El propósito es con que la autoridad tenga “información fidedigna y real, toda vez que es de conocimiento público que algunos deudores alimentarios dejan de cumplir con esta obligación de manera intencional”, y hacen malas prácticas, como no estar localizables, o cambio de residencia.

Algunos dejan de trabajar en una empresa que retiene de su salario la pensión alimenticia, trabajar por cuenta propia y declarar menos ingresos, o aseguran que están desempleados, que no tienen no bienes muebles o inmuebles a su nombre, entre otros.

Se elimina la posibilidad de no pagar pensión alimenticia por crecer de medios económicos, y se establece como excepción cuando la persona obligada padezca incapacidad física o mental.

Además, ya no será obligatorio colocar el apellido del padre en primer lugar, sino en el orden que decidan de los progenitores. Se incluye en la norma es la figura de la alienación parental que hace referencia a la manipulación o inducción que un progenitor realiza hacia su hijo para producir rechazo, rencor, odio, miedo o desprecio hacia el otro progenitor.

Se eliminaron todos los elementos que aún persistían en relación a la posibilidad de celebrar matrimonios infantiles como el contemplar que en estos casos serían los padres o tutores de los menores quienes dieran su autorización.

También se incluye la violencia familiar en las actas de defunción cuando haya una sentencia firme, además de que se hace obligatorio informar antes de contraer matrimonio, bajo protesta de decir verdad, si se ha estado sentenciado o no por este delito.

Se elimina el adulterio, porque que se considera que no es un acto que deba ser sancionado por la autoridad ya que se trata de una conducta social que no genera peligro o lesión a los bienes jurídicos tutelados por el Estado, pero sí se determinó mantener su definición dentro de la ley.

La Legislatura avaló cambios en patria potestad y custodia, que se determinarán por un juez en atención al interés superior del niño o la niña, y las circunstancias se revisarán en cada caso, y ya no se otorgarán directamente a la mujer.

En relación con la presunción de ausencia por desaparición forzada o secuestro se propone reducirla a un año, en estos casos, el plazo para que los deudos puedan ejercer derechos en materia de salud, seguridad social, cobro de seguros y otros tantos que permitan garantizar a tiempo el sustento y el acceso a los servicios necesarios para un adecuado desarrollo social.

Por último, se aprobó la posibilidad de la expedición de cartas de identidad como documentos de identificación personal dirigidos particularmente a los migrantes zacatecanos para garantizarles su derecho a la identidad y, con él, el acceso a otros derechos como la educación, la salud, la vivienda o aquellos derechos civiles y políticos como votar y ser votado.

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