DECRETO DE LA LEGISLATURA DEL ESTADO PARA OTORGAR LA GUBERNATURA A MIGUEL ALONSO

Miguel Alonso, Gobernador del Estado de Zacatecas
Share on FacebookTweet about this on TwitterShare on Google+Pin on PinterestShare on TumblrShare on LinkedInEmail this to someone

LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA

Miguel Alonso es Gobernador Electo de Zacatecas Oficialmente
Miguel Alonso es Gobernador Electo de Zacatecas Oficialmente

RESULTANDO PRIMERO.- 

En fecha 13 de agosto del año en curso, se recibió en la Secretaría General de esta Legislatura, Oficio Núm.  SGA/652-/2010, suscrito por el licenciado Luis Ricardo Ruvalcaba Robledo, Actuario del Tribunal de Justicia Electoral, del Poder Judicial del Estado de Zacatecas, por el que remite a esta Legislatura copia certificada, en setenta y cuatro(74) fojas útiles por ambos lados de la Sentencia de fecha 13 de agosto de 2010, y que en el oficio de referencia señala que fue dictada por la Sala Uniinstancial del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Zacatecas, dentro de los JUICIOS DE NULIDAD ELECTORAL número SU-JNE-016/2010 y SU-JNE017/2010 acumulado, promovidos por la Coalición “Zacatecas nos Une” y Partido Acción Nacional, en contra de los resultados del cómputo de la elección de Gobernador del Estado de Zacatecas.

En la misma fecha, se recibió en la Secretaría General de la Legislatura, oficio SGA/656/2010, suscrito por la licenciada Silvia Rodarte Nava, Presidenta Magistrada del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Zacatecas, por el que remite a esta Legislatura, la copia certificada, en ciento treinta y cuatro (134) fojas, del Dictamen Final que contiene Declaración de Validéz de la Elección de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, y entrega de Constancia de Mayoría al candidato de la Coalición “Primero Zacatecas”, ciudadano MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES.

RESULTANDO SEGUNDO.-  Por instrucciones del Presidente de la Mesa Directiva, luego de su lectura en sesión de la Comisión Permanente del día 17 de agosto de 2010, mediante memorandum número 1237 y memorandum número 1238,  el asunto fue turnado a las Comisiones Legislativas de Gobernación y de Asuntos Electorales, respectivamente.

CONSIDERANDO PRIMERO.- De conformidad con lo establecido por los artículos 102 y 103, fracción II, de la Constitución Política del Estado, 22 y 239 de la Ley Electoral del Estado y 78 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, los Magistrados integrantes de la Sala Uniinstancial del Tribunal de Justicia Electoral, aprobaron por unanimidad de cinco (5) de votos, la Resolución de fecha trece (13) de agosto de  dos mil diez (2010), mediante la cual se decreta la formulación del Computo Final, la Declaración de Validez de la Elección y la de Gobernador Electo, a favor del Ciudadano Miguel Alejandro Alonso Reyes, quien fue postulado por la alianza “Primero Zacatecas”.

CONSIDERANDO SEGUNDO.- El Pleno de Diputados que integra la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, es competente para expedir el Bando Solemne a fin de dar a conocer en todo el Estado, la Declaración de Gobernador Electo que ha emitido el Tribunal de Justicia Electoral. Así lo dispone el artículo 65, fracción XLII de la Constitución Política del Estado de Zacatecas.

En razón del turno del expediente remitido por la Sala Uniistancial  y la Presdiencia del Tribunal de Justicia Electoral y una vez que las Comisiones de turno constataron que se encontró ajustado a derecho, elevaron a la Consideración del Pleno el Dictamen con proyecto de Decreto que contiene el Bando Solemne.

CONSIDERANDO TERCERO.- En consecuencia, este instrumento legislativo tiene como único y trascendental propósito difundir, con solemnidad y amplitud, que el ciudadano MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES, es Gobernador del Estado de Zacatecas, por el periodo que comprende del doce (12) de septiembre de dos mil diez (2010), al doce de septiembre del año dos mil dieciséis (2016).

Tan significativo acontecimiento inicia su publicación y lectura a partir de que la Asamblea de Diputados apruebe el Bando Solemne que deberá publicarse en el Periodico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos  171 y 172 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de Decretarse y se

DECRETA

PRIMERO.- La Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, en ejercicio de sus facultades constitucionales, expide el presente Bando Solemne para difundir, con solemnidad y amplitud, en todo el territorio de la Entidad, que el señor licenciado MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES, es Gobernador del Estado de Zacatecas, por el periodo que comprende del doce (12) de septiembre de dos mil diez (2010), al doce de septiembre del año dos mil dieciséis (2016).

ARTÍCULO SEGUNDO.- Iníciese a partir de la fecha, la publicación y lectura de este Bando Solemne. Tal noticia deberá propagarse con amplitud a través de los diversos medios de comunicación social, en todas y cada una de las cabeceras municipales del territorio zacatecano.

ARTÍCULO TERCERO.-  Notifíquese y cúmplase.

TRANSITORIO

ÚNICO.-  El presente Decreto entrará en vigor el día de su expedición, que deberá coincidir con la fecha de su publicación en el Periodico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

DADO en el Recinto de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, el día 18 de agosto del año dos mil diez.

PRESIDENTE

DIP.GUILLERMO HUÍZAR CARRANZA

SECRETARIO SECRETARIA
DIP. LEODEGARIO VARELA GONZÁLEZ DIP. EMMA LISSETT LÓPEZ MURILLO

Deja un comentario