DERECHO A GASTOS FUNERARIOS PARA TRABAJADORES ASEGURADOS DEL IMSS

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Conforme a la Ley del Seguro Social la Ayuda de Gastos Funerarios, es una prestación en dinero que se otorga por ese concepto al familiar del asegurado o pensionado, la cual consiste en dos meses del salario mínimo general que rija en el Distrito Federal en la fecha del fallecimiento. La muerte, además de ser un suceso lamentable e imprevisto, también representa un desbalance económico para los familiares, pues difícilmente se está preparado para estos casos

El trámite es completamente gratuito y para solicitarlo se debe acudir a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) a la que estaba adscrito el trabajador o trabajadora fallecidos.

Los requisitos que se deben cubrir son que el asegurado fenecido tenga registradas un mínimo de doce semanas de cotización en los nueve meses anteriores al fallecimiento. Sin embargo, si se trata del fallecimiento de un asegurado por riesgo de trabajo, no se requieren semanas previas de cotización.

Otros requisitos son que el asegurado, debe encontrarse vigente en sus derechos al momento de la muerte, de igual manera si el occiso es pensionado. El solicitante debe presentar una identificación oficial vigente, en original y copia, así como la solicitud de otorgamiento de ayuda, que será llenada por el personal del IMSS y se entregará para la firma.

Del asegurado o pensionado se requiere un documento o medio de identificación emitido por el IMSS, Instituto del Fondo de Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o el número de Fondo de Ahorro para el Retiro (Afore), que contenga el Número de Seguridad Social (NSS).

También se necesitan el nombre del asegurado o pensionado; la Clave Única de Registro de Población (CURP) y una copia; Acta de Defunción original y copia certificada; cuenta original de los gastos de funeral con la factura o documento fiscal que avale el pago de los servicios funerarios que describa los gastos como ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicios de traslado.

En general, gastos por servicios funerarios o de velación, original y copia. Si se trata del fallecimiento de un asegurado por riesgo de trabajo, se presentará el aviso de atención médica inicial y calificación de probable accidente de trabajo, en original y copia.

Otros aspectos importantes a considerar antes de realizar el trámite son que si se trata de documentos públicos expedidos en el extranjero deberán contener la apostilla o legalización según corresponda.

La persona que haga la petición deberá ser, preferentemente, quien se encuentre descrita en la cuenta original de los gastos del funeral, o en su caso, a quien el concesionario transmita los derechos de este documento, presentando ambas identificaciones oficiales.

Esta prestación, la puede solicitar el asegurado en la ventanilla de Prestaciones Económicas de cualquier Unidad de Medicina Familiar del IMSS del país, ya que para el pago, el interesado deberá acudir a la sucursal de la institución bancaria con la que la delegación del IMSS tenga convenio para tal fin.

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