El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ), desechó el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano identificado con el número de expediente TRIJEZ-JDC-003/2021, promovido por Verónica Aguilar Vázquez, María Glafira Sandoval Benavides e Itzel Vanessa Ramírez Gallegos contra la emisión de la Convocatoria para el proceso ordinario de elecciones de la Universidad Autónoma de Zacatecas (USZ), y el acuerdo que califica los registros para ese proceso.
En su escrito de demanda, señalaron que los actos reclamados vulneran el derecho de mujeres universitarias al acceso de los órganos en condiciones paritarias, en violación al principio constitucional de paridad.
Los magistrados, en sesión pública, establecieron que, en el caso concreto, los actos impugnados no se encontraban relacionados con una elección que trae aparejada un derecho político de votar y que con ello, conlleve a delegar en alguna medida el ejercicio de la soberanía popular, ya que las violaciones impugnadas tienen relación con un procedimiento de elección interna, acotada de modo específico al ámbito universitario.
Debido a eso, el Pleno determinó que el TRIJEZ es incompetente para conocer de dicho juicio, pues los actos impugnados no se relacionaban con la violación a algún derecho político electoral, además, el ámbito de protección en la materia electoral se circunscribe a la facultad de intervenir en los asuntos políticos, por lo que queda fuera del mismo la participación no política.