DISPOSICIÓN ÚNICA DE LA CONDUSEF APLICABLE A LAS ENTIDADES FINANCIERAS

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Hoy se emite la Disposición Única de la Condusef aplicable a las Entidades Financieras, con el fin de que dichas entidades conozcan sus obligaciones, y los usuarios puedan conocer y hacer valer sus derechos en materias de transparencia y protección al usuario de servicios financieros.

Ello en virtud de que las reformas a la Ley de Instituciones de Crédito, a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2009, facultan a la Condusef para regular, supervisar y expedir Disposiciones de Carácter General aplicables a las Instituciones de Crédito y demás Entidades Financieras.

La Disposición Única incide en Bancos, Arrendadoras Financieras, Empresas de Factoraje Financiero, Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles), Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas y No Reguladas (Sofomes E.R. y E.N.R.), Sociedades Financieras Populares (Sofipos), Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, así como Fiduciarias en fidecomisos que otorguen crédito al público.

La Disposición Única de la Condusef regula:

  • Contratos de Adhesión.
  • Terminación de operaciones o portabilidad.
  • Información de Comisiones.
  • Estados de Cuenta.
  • Comprobantes de Operación.
  • Publicidad.
  • Actividades que se apartan de las sanas prácticas bancarias.
  • Transparencia de las cuentas abiertas para la asistencia en catástrofes naturales.

Como resultado de esta nueva regulación, destacan los siguientes puntos:

  • El usuario se beneficia con contratos y estados de cuenta más claros.
  • Se fortalecen las medidas de protección al usuario.
  • Se supervisa y se sancionan las actividades que se apartan de las sanas prácticas financieras.

La Disposición Única es resultado de un esfuerzo de sistematización y desregulación: anteriormente sus materias estaban reguladas en tres ordenamientos, dos emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y uno por la Condusef, y abarcaban 79 artículos y 18,329 palabras. La Disposición Única contiene 50 artículos (37% menos) y 12,051 palabras (35% menos) que regulan las mismas materias que las anteriores y se adicionan tres más.

A pesar de que aumenta el universo regulatorio a 1,681 Instituciones Financieras y que amplía los ámbitos de supervisión, la Disposición Única reduce y simplifica el número de regulaciones.

Por lo que respecta al incumplimiento de las disposiciones legales aplicables por parte de las Instituciones Financieras, la Condusef podrá realizar lo siguiente:

SANCIONES

 

ANTES AHORA
                                               Normativa que faculta a Condusef para sancionar.
 

1. Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF).

2. Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF- sólo se multaba a las Sofomes E.N.R.).

3. Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia (LRSIC).

 

 

 

1. Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF).

2. Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF-se puede multar a todas las entidades financieras)

3. Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia (LRSIC).

4. Ley de Instituciones de Crédito (LIC).

Montos
 

1. LPDUSF: de $28,730 a  $114,920

2. LTOSF: de $109, 600 a $274,000

3. LRSIC: de $6,000 hasta $58,000

 

 

1. LPDUSF: de $28,730 hasta $114,920

2. LTOSF: de $11,500 hasta $1´200,000

3. LRSIC: de $6,000 hasta $58,000

4. LIC: de  $11,500 hasta $1´200,000

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