EL IFE REALIZA DEPURACIÓN Y ACTUALIZACIÓN AL PADRÓN ELECTORAL

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Por conducto de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, el Instituto Federal Electoral procederá a la formación del Padrón Electoral, así como al Mejoramiento de la Calidad del mismo.

Considerando la importancia fundamental que representa para cualquier contienda electoral un Padrón Electoral  actualizado y confiable, ha sido y es motivo de preocupación en el Instituto Federal Electoral el mejoramiento de la calidad de este instrumento electoral.

En este contexto, destacan los esfuerzos desplegados en los últimos años orientados a perfeccionar el Padrón Electoral, primordialmente, en la incorporación de avances tecnológicos, que han permitido diversificar y potenciar la capacidad de los programas originales de depuración.

Los programas y procedimientos instrumentados para detectar y eliminar los registros que engrosan indebidamente el citado Padrón Electoral; el desarrollo de bases de datos elaborados para tal efecto, a partir de los cuales se realizan las confrontas de información contra la documentación recabada en oficinas externas (Oficialías del Registro Civil y Juzgados del Poder Judicial) permiten concretar la depuración del padrón.

LOS PROGRAMAS QUE REALIZA EL IFE PARA DEPURAR EL PADRÓN ELECTORAL SON:

  • DEFUNCIONES PROCESO NORMAL Y BÚSQUEDA NACIONAL.

La aplicación del Programa de Bajas por Defunción contempla la recepción de las Actas de Defunción de ciudadanos mayores de 18 años fallecidos en la entidad y que hacen llegar las Oficialías del Registro Civil. La información  se procesa mensualmente, a través del análisis comparativo de la información básica de cada ciudadano reportado, contenida en el Acta de Defunción, con la base de datos del Padrón Electoral. Así como de ciudadanos fallecidos en algún estado del país, en cuyas Actas de Defunción aparezca un domicilio de otra entidad, el programa contempla el intercambio de dichas Actas entre las 32 Vocalías del RFE en la república mexicana, enviándose a la entidad que corresponda, según el domicilio que haya sido declarado en la elaboración del Acta respectiva.

  • SUSPENSIÓN DE DERECHOS POLÍTICOS ELECTORALES.

Este programa tiene una periodicidad mensual e inicia con la recepción de las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales, tanto del fuero común como del fuero federal, por las que se ordenan expresamente la suspensión de derechos de los ciudadanos que enfrentan un proceso penal que merezca pena corporal.

PROCEDIMIENTO ALTERNO PARA DAR DE BAJA DEL PADRÓN ELECTORAL  LOS REGISTROS DE CIUDADANOS FALLECIDOS

Orientado a dar tratamiento a los registros de ciudadanos fallecidos, de los que no se cuente con el Acta de Defunción emitida por el Registro Civil, que avale la exclusión del registro correspondiente, dando lugar a las acciones para conseguir  el documento mencionado, con el concurso de las autoridades de manera concertada, así como de la propia ciudadanía sabedora del eventual deceso.

PROGRAMA DE DETECCCIÓN DE REGISTROS  DUPLICADOS

Un registro duplicado es aquel que aparece más de una vez en el Padrón Electoral, que se genera cuando un ciudadano al realizar movimiento modifica su información básica, situación que debe ser corregida conforme a lo establecido en el artículo 177 del COFIPE, al determinar que  cada elector aparezca registrado una sola vez.

CANCELACIÓN DE SOLICITUDES DE TRÁMITE REALIZADO POR LOS CIUDADANOS QUE  NO ACUDIERON A RECOGER SU CREDENCIAL PARA VOTAR A MÁS TARDAR EL 31 DE MARZO DEL SEGUNDO AÑO SIGUIENTE A AQUEL EN EL QUE LA HAYAN PRESENTADO.

En este sentido, la Comisión Nacional de Vigilancia mediante acuerdo 2-220:30/06/2008, aprobó  el documento Modalidades y Esquema para la formulación de avisos ciudadanos previo a la cancelación del trámite. El artículo 185, párrafo 5, del COFIPE, prevé la formulación de hasta tres avisos, para que los  ciudadanos que han omitido la obligación de acudir al Módulo de Atención Ciudadana (MAC) a recoger su credencial para votar, acudan a recogerla y así poder  evitar la cancelación del trámite y la destrucción de la credencial. El artículo 199 del mismo ordenamiento legal, en su primer numeral menciona que las solicitudes de trámite realizadas por ciudadanos que no cumplan con la obligación de acudir al MAC, a más tardar el día último de marzo del segundo año posterior a que solicitaron su inscripción o actualización, serán canceladas.

LOS PROGRAMAS DE REINCORPORACIÓN AL PADRÓN ELECTORAL QUE CONTEMPLA EL IFE SON:

REINCORPORACIÓN DE CIUDADANOS REHABILITADOS EN SUS DERECHOS POLÍTICOS POR NOTIFICACIÓN JUDICIAL

Considera la captura de las notificaciones judiciales emitidas por los órganos jurisdiccionales y el análisis de la situación jurídica y registral de cada caso, aplicando los criterios establecidos que deriven en la reincorporación o no del ciudadano al Padrón Electoral, así como la notificación ciudadana correspondiente.

REINCORPORACIÓN DE CIUDADANOS REHABILITADOS EN SUS DERECHOS POLÍTICOS POR PETICIÓN CIUDADANA ANTE EL MAC.

Para obtener la credencial para votar, los ciudadanos tienen la obligación de acudir a las oficinas o módulos que determine el Instituto, identificarse a través de los medios o procedimientos que determine la Comisión Nacional de Vigilancia y requisitar su solicitud individual.

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