El Instituto Federal Electoral (IFE) en atención al Acuerdo aprobado por el Consejo General en sesión extraordinaria, celebrada el 14 de julio de 2010, realizará la destrucción de la documentación electoral utilizada en el proceso electoral federal 2009.
El máximo órgano de dirección del Instituto Federal Electoral (IFE) ordena a las juntas distritales que deberán realizar la destrucción bajo procedimientos ecológicos
La documentación electoral que se destruirá será la siguiente:
a. El sobre con votos válidos, el sobre con votos nulos y el sobre con boletas sobrantes de cada casilla, que se encuentran en los paquetes electorales.
b. Las boletas que sobraron y que fueron inutilizadas por los consejos distritales durante la actividad de conteo, sellado y enfajillado.
- La documentación electoral sobrante, no utilizada en la preparación de los paquetes electorales.
d. La documentación que fue enviada a las juntas locales ejecutivas para posibles reposiciones.
Dicha documentación se encuentra bajo resguardo en las bodegas electorales de las juntas distritales ejecutivas, de las cuales serán extraídas para su destrucción de conformidad con lo previsto en el párrafo 2 del artículo 302 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), que señala que dicha destrucción deberá llevarse a cabo una vez que concluya el proceso electoral federal correspondiente.
El Consejo general, en el mismo acuerdo, también determinó que se podrán destruir:
- Plantillas braille para la elección de diputados federales
- Tarjetones de identificación de vehículos
- Cuadernos para resultados preliminares de diputados federales
- Carteles de resultados preliminares de las elecciones en el distrito
- Carteles de resultados de cómputo distrital
- Recibos de copia legible de las actas de casilla entregadas a los representantes de los partidos políticos
- Constancias de clausura de casilla y remisión del paquete electoral al consejo distrital
- Recibos de documentación y materiales entregados al presidente de mesa directiva de casilla
- Recibos de documentación y materiales entregados al presidente de mesa directiva de casilla especial
- Recibos de entrega del paquete electoral al consejo distrital
- Recibos de entrega del paquete electoral al centro de recepción y traslado
- Primera copia del acta de escrutinio y cómputo utilizada para el PREP
Por disposición de las instancias centrales podrá incluirse en el acto de destrucción diverso material de apoyo al proceso electoral, como los manuales que se emplean para la capacitación de funcionarios de casilla.
Es así como las juntas locales y distritales ejecutivas se encuentran realizado una investigación sobre las alternativas existente; que permitan destruir la documentación electoral de 2009 bajo procedimientos no contaminantes, además de prever la logística de preparación, traslado y destrucción de la documentación.
En esta actividad participarán los ciudadanos que fungieron como consejeros electorales locales y distritales, los representantes de los partidos políticos y medios de comunicación, quienes atestiguarán la apertura de las bodegas electorales y la destrucción de la documentación.