Como un viejo resabio del régimen colonial, el municipio no ha encontrado su lugar en el federalismo, o al menos hay un enorme desfase entre los avances que ha logrado la relación entre los estados y el gobierno federal para la vinculación de estrategias y gestión de recursos, lo que se deben en gran medida a factores legales, económicos y políticos.
Tras la independencia de México en el siglo XIX, la discusión de la Constitución de 1824 se centró entre quienes pugnaban por un sistema federalista y los que abogaban por la permanencia del esquema centralista. Al final, el Estado federado, quedó inscrito en la Carta Magna, sin embargo el municipio, forma de organización instalada durante la conquista española, quedó tal cual, intocado por los constitucionalistas, por lo que su situación legal y los elementos que ahora lo conforman son los mismos que en la época colonial. La estructura del municipio no ha sido homologada con los esquemas federales y estatales donde la división de poderes es eje central y las funciones de gobierno están divididas entre un poder central y un grupo de estados asociados.
El máximo órgano municipal, el ayuntamiento, no fue incorporado al esquema federal de tal suerte que sus facultades y responsabilidad son ambiguas pues por un parte se le otorga autonomía de decisión pero por la otra se le acotan capacidades. En lo legal, el ayuntamiento no corresponde a una estructura federal de gobierno sino a una forma histórica del Estado centralista español. Es decir, la conformación de sus autoridades: presidente municipal, síndico y regidores que integran el cabildo, obedece más a las características coloniales que al sistema federado aprobado en 1824, ya que éste es la única autoridad local para la toma de decisiones que atañen a la demarcación, y parte de los obstáculos para el desarrollo municipal es precisamente la correlación de fuerzas políticas opositoras que velan por sus intereses propios y partidistas e impiden la generación de acuerdos viables para el desarrollo.
Ahora bien, el artículo 115 de la Carta Magna define al municipio como un ente libre con autonomía para administrar su hacienda municipal, mediante las contribuciones que autorice la Legislatura del Estado. Desde ahí, la autonomía no es plena pues en primer lugar es un poder ajeno el que decide y que además lo audita, y por otra parte, los impuestos, único ingreso del municipio, son, con excepción del predial, recaudados en su mayoría por el estado y la federación lo que le genera una situación económica limitada y dependiente.
Además al municipio sí se le han dejado las responsabilidades de generar servicios de agua potable, panteones, rastros entre otros, que requieren de gran capacidad financiera a lo que se suma el secuestro de la administración por grupos políticos que usan programas y recursos para sus fines y aspiraciones generando deudas, desvíos y poca fluidez económica.
La constante rotación del personal también reduce la eficacia de las administraciones municipales ya que cada presidente entra con una nueva plantilla de trabajadores que más tarda en aprender el funcionamiento de los programas que en ser sustituidos por la gente de confianza del nuevo alcalde, que si es de otro partido, tendrá a su vez otras prioridades.
En ese sentido, la falta de conocimientos en la operación de programas convenidos y la ineficacia de muchos servidores hace que los recursos se pierdan o no se gestionen adecuadamente, pero también que sean manipulados por los actuales gobernantes para acceder a próximos puestos o ganar las elecciones a favor de su partido.
Como decíamos, es cierto que el municipio en gran parte depende de los recursos de programas federales y estatales para la realización de obras lo que en realidad tiene una vertiente positiva si éstos son aprovechados para el bien de la comunidad. Sin embargo, la regla general es la corrupción y la mala utilización del dinero que se gasta con otros fines que no tienen nada que ver con el bien público pero sí con el interés político e individual de quienes detentan el poder
Tenemos entonces que los obstáculos para el buen funcionamiento del municipio en la actualidad son: el contradictorio esquema legal que no ha puesto en el mismo eje a los tres niveles de gobierno y que condena al municipio a una práctica centralista en la que no hay contrapoderes ni delegación en la toma de decisiones; por el contrario, se tiene un cabildo cuyos integrantes si son mayoría actúan de forma autoritaria y como tapaderas de las trapacerías del alcalde, y si son oposición, no tienen grandes posibilidades de generar cambios y en todo caso más que proponer se convierten en una piedra en el zapato para el primer edil.
Mientras que en el terreno económico las dificultades incluyen los bajos ingresos municipales a raíz de una pobre recaudación y de la dependencia hacia las erogaciones estatales y federales a lo que se suma el desvío de recursos por parte de las autoridades locales y el pago de nómina a una gruesa burocracia por lo que la hacienda municipal tiene muy poco de donde echar mano para la generación de obras sociales.
Y finalmente el uso político que dan los gobernantes a toda clase de obras y apoyos con el objetivo de mantener a su partido en el poder.
Podemos concluir que se requieren por tanto de nuevos esquemas legales que eliminen las fallas estructurales del municipio y abonen a un adecuado diseño institucional para una real cooperación de los tres niveles de gobierno. Lo más difícil sería eliminar la corrupción y la politización en las administraciones municipales en medio de una partidocracia que vela sólo por sus intereses en aras de ganar elecciones y generar aparatos burocráticos para quienes les ayudaron a llegar a esos espacios.