El Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI), instruyó a la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas, a que elabore la versión pública del catálogo y fichas de bienes inmuebles, religiosos, civiles y monumentales del Estado de Zacatecas, y lo entregue a una ciudadana que lo solicitó.
En sesión ordinaria, el comisionado presidente, Samuel Montoya Álvarez, ponente del caso, explicó que la solicitante presentó una inconformidad luego de que no se le respondiera su petición de otorgarle el catálogo de monumentos, las fichas de este catálogo, una lista de los equipos multimedia con los que cuenta la dependencia especificando modelo y tipo, y gastos de representación y viáticos del 2017 al 2019 del Presidente de la Junta y su secretario particular.
Iniciado el trámite, la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas emitió sus manifestaciones, y dijo que reservaría el catálogo y las fichas debido porque contienen información de algunos inmuebles parte de procesos deliberativos.
También, erróneamente, pretendió clasificar como información confidencial de manera indefinida, las características arqueológicas, arquitectónicas, estéticas, entre otras, que están en las fichas del catálogo de inmuebles, bajo el argumento de que son datos personales pertenecientes a proyectos y su divulgación pueda causar daños al interés del Estado.
Montoya Álvarez resaltó que, de acuerdo con el artículo 73 de la Ley de Transparencia del Zacatecas, al reservar la información es necesario presentar una prueba de daño que justifique que habría un riesgo significativo al interés público, si se divulgara la información.
Pero no la realizaron ni justificación; además, en la Ley se establece la creación de versiones públicas para aquellos documentos que contengan información personal sobre los propietarios de los inmuebles.
El pleno determinó echar para atrás y modificar la respuesta de la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas, e instruyó que en cinco días hábiles debe de entregar la versión pública de las fichas del catálogo de bienes inmuebles, religiosos, civiles y monumentales del Estado de Zacatecas. También deberá acreditar la prueba de daño respecto a los documentos que formen parte de un proceso deliberativo, y establecer el periodo de la reserva, todo ello con el aval de su Comité de Transparencia.
En otro caso expuesto durante la sesión, la Comisionada Julieta Del Río Venegas declaró fundada una inconformidad contra el Ayuntamiento de Pánuco, luego de que el municipio no respondiera a un ciudadano sobre las bitácoras de uso de los vehículos oficiales desde el 15 de septiembre del 2018 hasta el 26 de julio del 2019.
Explicó que el solicitante también pidió el inventario de vehículos, a lo cual el municipio le envió un enlace para descargar la información de una nube de almacenamiento; al intentar acceder a la información, el sitio web le pidió al solicitante iniciar sesión con una cuenta de correo electrónico, y no se le permitió descargar los documentos, pues requería una autorización más de quien generó el enlace.
Al solicitar las manifestaciones de Pánuco, el sujeto obligado entregó el inventario y las bitácoras al IZAI, sin embargo, no acreditó haber enviado la información al solicitante. Por lo anterior, el Pleno dará vista de ella al interesado para que manifieste su conformidad con la respuesta.
Derivado del segundo recurso de revisión interpuesto contra el Ayuntamiento de Pánuco, el municipio informó sobre los gastos cubiertos en organización de fiestas, ferias en comunidades o eventos similares, celebrados entre el 15 de septiembre del 2018 y el 2 de julio del 2019.
La Comisionada Fabiola Torres Rodríguez, ponente del caso, explicó que en una primera respuesta el Ayuntamiento de Pánuco envió información incompleta, al omitir lo referente a un evento en la comunidad Cerro de Cedros.
En su solicitud de información el ciudadano preguntó por gastos como sonido, grupos musicales, limpieza, seguridad, pirotecnia, entre otros, a lo cual el sujeto obligado envió varios documentos en sus manifestaciones al IZAI y afirmó entregar la información faltante sin acreditar haberla entregado al ciudadano. Por lo anterior, el motivo de la inconformidad se declaró fundado y se dará vista de la información al solicitante, quien contará con cinco días para manifestar su conformidad.