El INE en Zacatecas inició los cómputos en los cuatro distritos de la entidad. A su vez, el Consejo Local instaló sesión extraordinaria y permanente para dar seguimiento a las sesiones de cómputos distritales.
El miércoles siguiente a la jornada electoral los Consejos distritales realizan el cómputo de los resultados de casilla, comenzando por la votación para Presidencia de la República, después la de Diputaciones y finalizan con la de Senadurías. Los cómputos se realizan sucesiva e ininterrumpidamente.
Cabe recordar que en cada casilla al término del escrutinio y cómputo se llenan las respectivas actas y se expide una copia a cada representante de Partido político.
Conforme se recibieron los paquetes electorales durante la noche del domingo 1 y la mañana del lunes 2 de julio, se leyeron los resultados en el pleno de los Consejos Distritales y se capturaron los resultados en el sistema de registro de actas del INE, a través del cual se obtiene una proyección de paquetes a recontar de acuerdo a las diferentes causales estipuladas en la Ley. La proyección fue la siguiente:
Distrito |
Casillas instaladas | A recuento elección
Presidencia |
A recuento
elección Senadurías |
A recuento
elección Diputaciones |
Total |
01 Fresnillo | 578 | 401 | 419 | 439 | 1259 |
02 Jerez | 749 | 476 | 515 | 509 | 1500 |
03 Zacatecas | 627 | 445 | 449 | 452 | 1346 |
04 Guadalupe | 555 | 358 | 358 | 384 | 1100 |
Total | 2509 | 1680 | 1741 | 1784 | 5205 |
Porcentaje del total de paquetes |
—- |
67% |
69% |
71% |
—- |
Durante las sesiones de cómputo y siguiendo el orden numérico de las casillas, se abren los paquetes y se comparan una a una, las acta originales extraídas de cada paquete, con las copias que obran en poder de los Partidos políticos.
Si los resultados en actas no coinciden, o se detectan alteraciones que generen duda o no existiera el acta, se realiza nuevamente el escrutinio y cómputo (recuento).
Algunas otras causas de recuento son:
- Cuando existan errores en el llenado, salvo que puedan corregirse o aclararse con otros elementos.
- El número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre primer y segundo lugar.
- Todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido político.
Concluido el cómputo y emitida la declaración de validez de Diputaciones, el Presidente del Consejo Distrital expedirá la constancia de mayoría y validez a quien obtenga el triunfo.