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Como el parroquiano que conoce el reglamento y avisora el inminente cierre de la taberna, el gobierno saliente se apresura y pide las últimas antes de irse.
Con la audacia que lo distingue, aunque a veces mal empleada, el ya casi expresidente estrenó la reforma constitucional al artículo 71, el cual establece la preferencia del presidente de la república para presentar iniciativas en tal carácter, al inicio de cada periodo de sesiones del congreso de la unión. Así lo hizo, al cuarto para las doce porque la reforma apenas entró en vigor en agosto pasado.
El titular del ejecutivo próximo a ser relevado envío al senado la iniciativa preferente en materia de transparencia gubernamental, la cual ha seguido su trámite sin mayores sobresaltos en ambas cámaras. La otra, la controvertida porque disecciona las putrefactas entrañas del sindicalismo mexicano; el todavía presidente constitucional envío para su discusión la iniciativa que reforma la Ley laboral, a los diputados federales.
Transcurridos los términos legales y agotada su calidad de preferente, la iniciativa de reforma laboral, por decisión de la primera minoría en la cámara baja, es decir, por la bancada del PRI, corre el riesgo, en el mejor de los casos, de negociarse su aprobación y entrada en vigor sin las modificaciones realizadas por una mayoría simple en el senado. Otros escenarios serían que su discusión se prolongue hasta el próximo periodo ordinario de sesiones, o sea, a inicios del 2013, o definitivamente la destrocen con el afán de reventarla y mandarla a la congeladora un año.
En voz del pastor tricolor en San Lázaro, Manlio Fabio Beltrones, las modificaciones realizadas y aprobadas por los senadores del PAN en alianza con los de izquierda y el voto de la hija de Elba Esther Gordillo, dichas modificaciones y adiciones fueron satanizadas y sentenciadas a ser sofocadas con los votos del eje: PRI-PVEM-¿PANAL?, que juntos suman la pírrica mayoría de 251 diputados de un total de 500.
Beltrones defiende sus argumentos, otras son inexactitudes. Ataca la redacción del artículo 371 aprobado en el senado, que describe la transparencia sindical, en cuanto a que constriñe o pone camisa de fuerza –según él- al método de selección de los dirigentes sindicales. El sonorense arguye que el voto libre y directo de los agremiados sindicales no es la única forma democrática de elección y ejemplifica como se elige al presidente de Estados Unidos, lo cual es cierto y en gran medida tiene sustento.
Es mentira cuando el exgobernador sonorense asegura que se viola la constitución en su artículo 123. Falso porque la carta magna otorga los legisladores el derecho a presentar iniciativas, en todo caso, los senadores que aprobaron el art. 371 sólo están ejerciendo ese derecho constitucional. Que sea una visión parcial de la forma de elegir a los dirigentes sindicales, es otro boleto que debe discutirse en aras de avanzar en materia de democracia sindical. En ningún sentido contraviene lo estipulado en el articulado de la Ley Federal del Trabajo.
Tampoco es cierto que la propuesta del 371 contradiga a lo establecido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al cual México se ha adherido, por lo tanto es materia protegida en el tratado internacional sobre la materia. La OIT destaca que la libertad sindical y la libertad de asociación son un derecho humano fundamental que, junto con el derecho de negociación colectiva, representa un valor medular de la OIT. Y refuerza en sus informes del Director General de 2004 y 2007, lo siguiente: A pesar de que la tendencia general es positiva, debido al avance de la democracia, a los altos índices de ratificación que han logrado las normas internacionales del trabajo fundamentales y a la transparencia cada vez mayor que tienen los mercados mundiales, hay todavía graves problemas pendientes. Siguen ocurriendo vulneraciones de los derechos a la libertad de asociación de empleadores y trabajadores que adoptan diversas formas.
El artículo 388 bis es otro que le causa urticaria a los priístas. La alianza azules amarillos aprobó que los contratos colectivos de trabajo sean votados por los trabajadores.
También en defensa de la postura priísta, el diputado Fernando Castro Trenti descalifica el artículo 388 bis y lo “cuelga de alfileres”. El legislador, contrariado por el mayoriteo que le aplicaron los senadores del PAN y los de izquierda, los que por cierto, estúpidamente festinaron su pírrico triunfo; se ufana de que dicho artículo fue incorporado fuera del procedimiento legislativo, por lo que revisarán su procedencia, toda vez que es un artículo que no existía en la Ley del Trabajo y que no formó parte de la iniciativa preferente.
El diputado Castro ignora, o no ha leído, que en el artículo 72 constitucional, inciso E se lee lo siguiente: SI UN PROYECTO DE LEY O DECRETO FUESE DESECHADO EN PARTE, O MODIFICADO, O ADICIONADO POR LA CAMARA REVISORA, LA NUEVA DISCUSION DE LA CAMARA DE SU ORIGEN VERSARA UNICAMENTE SOBRE LO DESECHADO O SOBRE LAS REFORMAS O ADICIONES, SIN PODER ALTERARSE EN MANERA ALGUNA LOS ARTICULOS APROBADOS. La redacción es clara y faculta a los legisladores de la cámara revisora a presentar modificaciones o adiciones.
Los ejemplos que Beltrones expuso para sustentar su rechazo a la forma de elección de dirigentes sindicales y las argucias externadas por su homólogo Castro respecto de la votación de contratos colectivos, donde destacan que las dirigencias partidistas y los dirigentes empresariales no son elegidos directamente por sus militantes o agremiados, porque para los legisladores, en los casos donde votan miles de sindicalizados, es imposible organizar una elección directa; propinan una soberana bofetada a la elección presidencial que ganó EPN.
El presidente saliente pidió dos antes de irse, pero los que sirven, por órdenes del presidente de facto desde el paso mes de julio, ya no quieren líos y se ciñen a los designios del nuevo administrador.
P.D. Que los legisladores panistas e izquierdistas prediquen con el ejemplo. Es momento de que dirigentes partidistas sean elegidos por voto directo de su militancia, que hagan públicos el desglose de sus ingresos públicos y privados, así como los nombres y las percepciones netas de todos y cada y uno de los que reciben cualquier tipo ingreso. Que toda erogación sea a lujo de detalle. Y ya con unas encima, pos que también los contratos bancarios, de las aseguradoras o todo aquél privado sean elaborados y suscritos por acuerdo de partes, y se prohíba la adhesión.