El Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), y el Proceso Electoral, fue el tema de la conferencia que Brenda Mora Aguilera, consejera Electoral, presentó en el Primer Parlamento Joven del Estado de Zacatecas, que se realiza en la Legislatura del Estado..
Después de presentar un video en el que se muestra el desarrollo y etapas del Proceso Electoral Local, Brenda Mora Aguilera explicó que el proceso electoral es el conjunto de actos realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos y los ciudadanos, ordenados por la Constitución y Ley Electoral.
Tiene como propósito renovar periódicamente a los integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo, y presidencias municipales, con presidente, síndico y regidores.
Las elecciones que regula el proceso electoral en Zacatecas es la renovación del Poder Legislativo, 18 diputados propietarios y suplentes son electos por el principio de mayoría relativa, uno por cada distrito electoral uninominal; además, 12 por el principio de representación proporcional, se eligen en una sola circunscripción plurinominal.
Regula la elección de la persona titular del Poder Ejecutivo. Este Poder es depositado en un individuo que se denominará Gobernador del Estado, que será electo cada seis años, por el principio de mayoría relativa. Dijo además que de acuerdo con las últimas reformas constitucionales, se tiene previsto que por única ocasión se elegirá en el año 2016 a titular del Poder Ejecutivo para un período de 5 años.
El proceso electoral regula la elección de los integrantes de los Ayuntamientos, los cuales son electos por el principio de mayoría relativa los integrantes de la planilla, Presidente, Síndico y Regidores; y por el principio de representación proporcional el número de Regidores que corresponda.
Brenda Mora dijo que el proceso electoral concluye, tratándose de la elección de gobernador, con la resolución y la declaración de validez de que hubiere hecho el Tribunal Electoral Local, una vez que haya resuelto los medios de impugnación o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno.
En las elecciones de integrantes del Poder Legislativo o de los ayuntamientos, una vez que se hayan expedido las constancias de mayoría y hechas las asignaciones por el principio de representación proporcional y en su caso se hayan resuelto los medios de impugnación o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno.
Dijo también que la calificación de la elección de Gobernador del Estado se inicia cuando el Tribunal de Justicia Electoral del Estado realiza el cómputo final de esa elección, una vez resueltas, en su caso, las impugnaciones que se hubieran interpuesto sobre la misma, procediendo a formular la declaración de validez de la elección, y concluye con la declaración de gobernador electo, respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos.
Asistieron los 30 jóvenes parlamentarios que fueron designados por un jurado, luego de la Convocatoria que emitió la LXI Legislatura del Estado de Zacatecas.
Después de la Conferencia el IEEZ el Proceso Electoral, las y los jóvenes parlamentarios conocieron y utilizaron la urna electrónica.