La semadora Geovanna Bañuelos propuso reformas al artículo 16 de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, al 109 Bis de la Ley del Seguro Social, y 43 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para garantizar la continuidad de los servicios de salud a familiares de personas víctimas de desaparición forzada.
Y lo propuso para que en caso de que quienes reciben estos servicios, como parte de las prestaciones por su trabajo, sean víctimas del delito contemplado en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, sus familiares no queden desamparados ante alguna emergencia médica.
La desaparición forzada es un problema que lacera a miles de familias en todo el territorio nacional, dijo, pero agregó que las instituciones del Estado están rebasadas en la atención no sólo de las víctimas sino de sus familiares
En Méx los casos de personas no localizadas, extraviadas y desaparecidas, incluidas las víctimas por desaparición forzada, aumentaron los últimos años.
Desde el 2006 y hasta el 7 de abril de 2021, existían en el país 85 mil 53 personas reportadas como desaparecidas y no localizadas.
El 76% de las desapariciones se concentran en Jalisco, Michoacán, Ciudad de México, Tamaulipas, Nuevo León, Guanajuato, Sonora, Sinaloa, Zacatecas y Estado de México.
“La magnitud de la tragedia del fenómeno de la desaparición forzada de personas ha llevado a diversos colectivos de familiares de desaparecidos a actuar y realizar la búsqueda de sus seres queridos por cuenta propia”, señaló Geovana Bañuelos
Destacó que los familiares de víctimas de desaparición forzada, además de sufrir la pérdida de un ser querido, en la mayoría de los casos pierden el acceso a los servicios de salud y seguridad social, cuando la persona desaparecida es la proveedora principal del hogar.
Actualmente, la ley establece que para que los familiares de un derechohabiente con calidad de persona desaparecida puedan continuar con los servicios de salud, primero deben llevar a cabo un procedimiento para solicitar la Declaración Especial de Ausencia.
La iniciativa turnada a las comisiones unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos, Segunda, plantea simplificar el requisito para mantener el acceso a los servicios médicos; es decir, presentar sólo la solicitud ante la autoridad competente de la Declaración Especial de Ausencia de Personas Desaparecidas, para evitar la interrupción de los servicios de salud.