«NO PUEDES TOMARME FOTOGRAFÍAS, VIOLA EL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO…», QUE SE REFIERE A LA FAMILIA

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Un ciudadano reportó a direccioneszac que intentó fotografiar a policía de la Preventiva Municipal de Guadalupe, Zacatecas porque subieron su patrulla la G130, a la banqueta y se pusieron a desayunar en vía púbica, en las inmediaciones de la colonia INDECO.

Al percatarse de eso, los agentes abordaron su patrulla y lo persiguieron para darle alcance cerca de la gasolinera Alsa.

En el lugar descendió el oficial y le espetó al ciudadano por qué le había tomado video, se le explicó que era un fotografía por lo mal estacionado de la patrulla, el policía le dijo que que «eso es delito» .

Se le advirtió al ciudadano que de conformidad con el Artículo 25 de la Constitución del Estado era delito no proporcionar sus datos, y como se negó a descender de la unidad, el oficial se pudo a investigar las placas de la unidad bao el pretexto de que podía ser robado, y ver si la situación fiscal está en regla.

Luego de defenderse, el policía le amenazó con proceder «legal y judicialmente» por haberle tomado una fotografía e insistió que eso es delito.
Cabe mencionar que no es delito -no es típico antijurídico ni culpable- fotografíar a elementos de seguridad, además el Artículo 25 de la Constitución estatal se refiere a los derechos de familia que el estado debe garantizar.

 

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