En la Legislatura del Estado de Zacatecas se propuso derogar el artículo 240 del Código Familiar del Estado, porque se traduce en una discriminación motivada por el estado civil de los contrayentes que estén recién divorciados y los que por primera vez contraerán matrimonio.
La propuesta, de iniciativa de decreto para derogar el artículo 240 del Código Familiar del Estado de Zacatecas, la presentó la diputada Carolina Dávila Ramírez, del grupo parlamentario del PRI.
Expuso que pasa inadvertido el derecho constitucional a la igualdad ante la ley. Actualmente, el artículo establece: “El cónyuge que haya dado causa al divorcio, no podrá volver a casarse, sino después de un año a contar desde que se decretó el divorcio.
Para que los cónyuges que se divorcien voluntariamente puedan volver a contraer matrimonio, es indispensable que hayan transcurrido seis meses después que obtuvieron el divorcio”.
De aprobarse, en su momento y dado el caso, en el Código de marras en el artículo 240, sólo aparecería: Derogado.