Durante la sesión ordinaria de este jueves, el diputado José Luis Medina Lizalde sometió a la consideración de los integrantes del pleno el proyecto de Decreto para eliminar el fuero Constitucional.
Medina Lizalde plantea derogar la fracción XXVII del artículo 65 y el capítulo tercero denominado de la declaración de procedencia y se reforma el artículo 148 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.
La eliminación del fuero es ya una realidad en Estados como Jalisco, Veracruz, Querétaro, Campeche y actualmente se encuentra ya en proceso de dictamen por el constituyente de la Ciudad de México, dijo.
La intención es establecer que el Gobernador del Estado, los diputados locales y los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, los miembros de los organismos a los que la Constitución les otorgue autonomía y en general todos los servidores públicos de los poderes del Estado, serán responsables por violaciones a esta Constitución Política; a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; a las leyes federales y estatales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales y estatales.
Dentro del desarrollo de la sesión la diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, presentó ante la Asamblea la Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona un párrafo segundo, recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 26 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, para retomar y homologar de acuerdo con lo que ya se encuentra establecido en la Constitución General de la República, que toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento.
El estado garantizará el cumplimiento de estos derechos. La autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.
La diputada Guadalupe Isadora Santivañez Ríos, dio a conocer a sus homólogos la Iniciativa con Proyecto de Decreto, mediante el cual se reforma diversos artículos de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas, misma que tiene como objetivo evitar entorpecer los procedimientos correspondientes a los municipios; y, que como facultad revisora, tiene el congreso local, ya que considera que, realizando las modificaciones necesarias para que los municipios realicen sus actividades de manera autónoma habrá un impacto importante en las sociedades, y el beneficio llegará de una forma directa, sin entorpecer los procesos, ya establecidos en nuestras constituciones.
A nivel constitucional, se puede observar la autonomía total que tiene un municipio para realizar sus actividades políticas, jurídicas y administrativas; de esta manera la intervención de cualquier órgano externo resulta innecesario, ya que la vigilancia y facultad de revisión corresponde a le Legislatura del Estado de Zacatecas.
Consideró importante mencionar la factibilidad jurídica, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha emitido diversas jurisprudencias, en el sentido que el municipio representa un poder autónomo, y que dentro de sus facultades constitucionales, deberán ser respetadas por poderes externos, y de esta manera ejercer su libertad municipal.
Aseguró que estas libertades siempre deberán ser controladas y vigiladas por los poderes correspondientes, con el fin de que las facultades de los municipios sean ejecutadas de manera objetiva; en el caso de esta iniciativa, el poder responsable es el legislativo, representado por las diversas ideologías políticas.
El diputado Le Roy Barragán Ocampo expuso el Proyecto de Decreto para reformar y adicionar el Código Civil del Estado de Zacatecas, con el propósito de adoptar reglas que permitan formalizar una propiedad a personas que se encuentren en calidad de herederos y que atraviesen un proceso jurídico.
Es decir, que puedan escriturarla a su nombre, sin necesidad de ir ante un Notario ni a la tramitación de un Juicio Sucesorio ante la autoridad jurisdiccional y que mediante trámites sencillos y sumarios realizados ante la autoridad administrativa puedan resolverse, casi de manera inmediata.
El trámite, deberá hacerse ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio y, en lo conducente, ante la autoridad municipal, una vez que se paguen las contribuciones fiscales correspondientes y se acrediten otras circunstancias necesarias a efecto de proceder al traslado de dominio del bien raíz, sin haber acudido ante la vía jurisdiccional o a desarrollar trámites notariales. En ello, quedaría salvaguardada la certeza jurídica de los partícipes de dicha operación.
La Comisión Legislativa de Cultura Física y Deporte presentó ante la Asamblea el dictamen respecto de la Iniciativa de Decreto para reformar y Adicionar, diversas disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas, presentada por el diputado Carlos Peña Badillo.
Se plantea modificar la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas, para que Mujeres y Hombres estén en igualdad de condiciones al momento de realizar una actividad física en el deporte y se reconozca el derecho fundamental de toda persona a acceder a la educación física, la actividad física y el deporte sin discriminación alguna.
Se garantizará que en el estado de Zacatecas se garantice la igualdad de género en los espacios deportivos y además se plasme en la Ley de Cultura Física y Deporte, ésta comisión dictaminadora propone se reforme y Adicione, diversas disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas, en materia de igualdad.
Las Comisiones Unidas de Vigilancia y de Presupuesto y Cuenta Pública, presentaron el dictamen correspondiente a los informes de la Auditoría Superior del Estado, practicados a la gestión financiera del municipio de Trancoso, relativa a su ejercicio fiscal del 2014.
Considerando que la rendición de cuentas constituye la obligación de los servidores públicos para declarar y justificar sus acciones y aceptar la responsabilidad de las mismas, la comisión dictaminadora establece que la opacidad generada con estos actos debe ceder ante la facultad de esta Legislatura de revisar la Cuenta Pública del Municipio.
En este orden de ideas y debido a la no presentación de la Cuenta Pública Municipal, se propone al Pleno Legislativo no aprobar el manejo de los recursos públicos por parte de los miembros del Ayuntamiento y de la Administración Municipal de Trancoso Zacatecas, durante el ejercicio fiscal 2014, sin que ello sea un obstáculo para que se mandate a la Auditoría Superior del Estado, que con relación a las acciones señaladas en el presente Dictamen, éstas sigan su curso legal conducente.
Las Comisiones Unidas de Vigilancia y de Presupuesto y Cuenta Pública presentaron ante la Asamblea, los dictámenes correspondientes a las cuentas públicas del ejercicio fiscal del 2014 de los municipios de Villa González Ortega, Chalchihuites, Jiménez del Teul, Villa García y Villa Hidalgo, todos del Estado de Zacatecas.