El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para reconocer y garantizar los derechos laborales y de seguridad social de las personas trabajadoras de plataformas digitales.
El decreto incluye reformas y adiciones a los artículos 49, 50, 127, así como un nuevo Capítulo IX Bis y el artículo 997-B, regulando el trabajo subordinado a través de plataformas digitales y estableciendo las condiciones laborales necesarias para formalizar la relación con las empresas que gestionan dichas plataformas.
Definición y relación laboral
- Se define como plataformas digitales el conjunto de mecanismos que asignan tareas, obras o servicios a personas trabajadoras en favor de terceros, quienes realizan actividades remuneradas y subordinadas bajo la supervisión de la plataforma.
- Los usuarios o consumidores finales no serán considerados empleadores.
- El tiempo de trabajo será definido por la persona trabajadora, y el salario se fijará por tarea, incluyendo prestaciones como días de descanso, vacaciones, aguinaldo y prima vacacional.
Principales derechos y obligaciones
- Reparto de utilidades:
Las personas trabajadoras de plataformas tendrán derecho a participar en el reparto de utilidades si laboran más de 288 horas anuales. - Prohibiciones para las empresas:
- Cobros indebidos a las personas trabajadoras por inscripción, uso o separación.
- Trabajo de menores de edad o retención indebida de dinero.
- Simulación de contratos civiles o mercantiles para desvirtuar la relación laboral.
- Manipulación del ingreso laboral para evitar su clasificación como trabajadores subordinados.
- Transferencia de trabajadores de esquemas tradicionales a plataformas digitales para evadir obligaciones fiscales o laborales.
- Protección laboral:
- Las empresas deberán garantizar la igualdad de género y proteger a las personas trabajadoras de discriminación, violencia laboral y acoso.
- Se establece la conciliación entre la vida laboral y personal.
- Rescisión y reinstalación:
Las empresas estarán exentas de reinstalar a las personas trabajadoras despedidas, salvo en casos de violación a derechos colectivos, como asociación sindical, contratación colectiva o derecho de huelga.
Régimen transitorio y prueba piloto
- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) implementará una prueba piloto obligatoria para asegurar a las personas trabajadoras de plataformas digitales, cuyos resultados definirán futuras reformas.
- Las reglas generales para garantizar el cumplimiento de las nuevas disposiciones se publicarán dentro de los cinco días posteriores a la entrada en vigor del decreto.
Impacto de la reforma
Este decreto representa un paso hacia el reconocimiento formal de los derechos laborales de miles de personas trabajadoras en plataformas digitales en México, buscando equilibrar la flexibilidad del modelo digital con la protección social y las garantías laborales tradicionales.
Para más información, las disposiciones completas pueden consultarse en el Diario Oficial de la Federación del 24 de diciembre de 2023.