Del 4 al 25 de agosto las juntas ejecutivas del INE realizarán el procedimiento de recepción de registro de representantes de emblemas, sublemas y planillas ante las mesas receptoras de votación en la elección interna del PRD.
El Instituto Nacional Electoral (INE), informa que se ahce de conformidad con los Lineamientos establecidos para la Organización de la Elecciones de los dirigentes o dirigencias de los Partidos Políticos Nacionales a través del Voto Universal y Directo.
Mediante este se establecen reglas, procedimientos y calendario de actividades para la organización de la elección nacional de integrantes del Consejo Nacional, Consejos Estatales y Municipales, y Congreso Nacional, mediante voto directo y secreto de todos los afiliados.
Para efectos de los procedimientos y determinaciones relativos a la organización del proceso electivo correspondiente, los candidatos podrán acreditar a un representante ante cada Junta Local y Distrital Ejecutiva, según corresponda, de acuerdo al cargo por el que contienden, sin menoscabo de que puedan representar candidatos correspondientes a una elección diversa.
Los candidatos podrán acreditar a un representante ante las mesas receptoras, mediante escrito dirigido a la Junta Local o Distrital Ejecutiva correspondiente, al que deberán acompañar la relación con el nombre de los ciudadanos y el carácter de su representación, propietarios o suplentes, de cada una de las mesas.
La solicitud deberá presentarse en el plazo del 4 al 25 de agosto, y una vez acreditados los representantes, podrán ejercer su función bajo las reglas siguientes: El día de la Jornada Electiva podrán observar y vigilar que el desarrollo del proceso electivo se apegue a las disposiciones del Estatuto y reglamentación del partido político, a la convocatoria correspondiente y a lo dispuesto en los Lineamientos.
En cualquier momento podrán presentar escrito de incidentes y solicitar que los mismos se asienten en actas; podrán acompañar al Presidente de la mesa receptora para hacer entrega de la documentación y del expediente electoral; y recibir del Presidente de la mesa receptora, copia legible de las actas y, en su caso, de incidentes presentados en la mesa, mismos que deberán firmar, pudiéndolo hacer bajo protesta con mención de la causa que la motiva.
Los representantes acreditados tendrán la obligación de acreditarse ante el Presidente de la mesa mediante el nombramiento respectivo; abstenerse en todo caso de ejercer o asumir las funciones de los integrantes de las mesas receptoras.
No deberán obstaculizar el desarrollo normal de la votación en las mesas; y
deberán abstenerse de realizar cualquier acto contrario a las leyes, o de inducir o coaccionar de cualquier forma el voto, el día de la Jornada Electiva a realizarse el 7 de septiembre próximo.
El partido nombrará a los representantes que considere necesarios para presenciar las labores de supervisión de la producción, almacenamiento y carga de los vehículos para la distribución de sus documentos y materiales electorales, notificando su asistencia al Instituto Electoral por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación.