El Juzgado Tercero de Distrito en Zacatecas sobreseyó el amparo interpuesto por los jubilados en contra de ISSSTEZAC, por la suspensión del pago del año 2021, derivado de pensión por jubilación.
La suspensión del pago de aguinaldo se tomó luego de que la Auditoria Superior del Estado (ASE), advirtió que esa prestación no estaba prevista en la anterior legislación y, por tanto, no se podía reconocer esa prerrogativa.
La decisión alcanza a los mil 106 trabajadores que entablaron el juicio de amparo en contra del ISSSTEZAC.
En la versión pública de la resolución, se precisa que los quejosos no demostraron con algún medio de prueba ser pensionados del ISSTEZAC, y entonces no tienen derecho vigente a recibir el pago del aguinaldo que afirman no les fue pagado.
“En efecto, no hay en los autos prueba alguna con la que acrediten que son sujetos de derecho a una pensión por jubilación por parte de la entidad de seguridad social estatal y, por lo mismo, tampoco demostraron que tengan el derecho a recibir el pago de aguinaldo derivado de la pensión apuntada”, se explica en el documento