Como resultado de este escrutinio inicial, la autoridad electoral verificará que cada solicitud cuente con al menos un millón 821 mil 405 firmas de respaldo, dos por ciento de la Lista Nominal, un requisito previsto en la Ley Federal de Consulta Popular.
Las consultas sobre “juicio a expresidentes e investigación” y “juicio a expresidentes para condenar los presuntos actos ilícitos que hayan causado afectaciones o daños graves al país”, deberán cumplir este primer requisito para dar paso a la verificación de cada apoyo y garantizar la autenticidad del respaldo ciudadano.
Tras la recepción de las 80 cajas con formatos que contienen ambas consultas, éstas fueron trasladadas al Centro Nacional de Impresiones del INE, en donde se adoptaron una serie de medidas sanitarias para garantizar que todo el proceso se realice de forma segura.
Se estableció un filtro sanitario que permite comprobar de forma rápida la condición de salud de las personas que apoyarán en las actividades de la consulta popular con el objetivo de prevenir cualquier contagio, considerando que los ciudadanos que promueven las consultas podrán participar en este proceso.
Se desinfectan los espacios físicos en donde se realizan las actividades de verificación y cuantificación, se dispondrá del personal mínimo requerido para dichas actividades, manteniendo la sana distancia y acatando los protocolos de sanidad.
La conclusión de este proceso de cuantificación de cada una de las consultas derivará en un acuse de recepción para la Cámara de Senadores, que contendrá el número total de formatos y registros recibidos.
A partir de este momento corre el plazo de 30 días que la ley otorga al Instituto para iniciar con la segunda etapa de verificación, para proceder a la captura de la información de cada apoyo obtenido para su compulsa con la base de datos del Padrón Electoral.
En esta etapa se identificará que no haya ningún registro duplicado y que las ciudadanas y ciudadanos firmantes se encuentren inscritos en la Lista Nominal, siendo obligatorio que haya una coincidencia en su firma y datos.
En caso de que los registros no aparezcan en esta primera búsqueda, se procederá a hacer una revisión en el histórico del Padrón Electoral, aunque los registros que se encuentren serán identificados como bajas y se descontarán del número final.
Superada esta etapa y manteniendo el respaldo del 2% de la Lista Nominal, el INE procederá a realizar una muestra probabilística para que se verifique la autenticidad del apoyo que recibieron estas consultas, para lo cual se visitará de forma personal a los seleccionados.
De cumplirse con el respaldo mínimo previsto en la ley, el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores enviará la petición a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), junto con la propuesta de pregunta de los peticionarios para que resuelva sobre su constitucionalidad.
La SCJN contará con 20 días naturales para resolver sobre la constitucionalidad de la pregunta y, en caso de ser así, se turnará al Senado de la República para la emisión de la convocatoria correspondiente.
Para cumplir con todo el proceso establecido en la ley, el INE dispuso un millón 832 mil 110 pesos para contar con el personal y material necesarios, así como para poder acondicionar las áreas de trabajo que garanticen la salud de todos los participantes.